Vehículos para el
transporte de alimentos perecederos
Los alimentos perecederos, además de la
normativa general relativa al transporte de mercancías, están regulados de
forma especial por un acuerdo de «transportes internacionales» y de vehículos
especiales adaptados a este fin. Una reglamentación técnico-sanitaria determina
la forma en la que debe realizarse el transporte de alimentos, y otra, las
especificaciones que deben cumplimentar los vehículos especiales para el
transporte terrestre a temperatura regulada y los procedimientos de control
necesarios para garantizar su seguridad.
LA CADENA DE FRÍO, ELEMENTO CLAVE EN
SEGURIDAD ALIMENTARIA.
La pérdida de la temperatura óptima de refrigeración o congelación en cualquiera de las etapas perjudica la seguridad y la calidad del alimento.
La pérdida de la temperatura óptima de refrigeración o congelación en cualquiera de las etapas perjudica la seguridad y la calidad del alimento.
Un vehículo para cada producto
No todos los vehículos son apropiados para el
transporte de mercancías perecederas a fin de mantener la temperatura
establecida legalmente para conservar el alimento en condiciones inocuas y
aptas para su consumo. Tipos de vehículos:
• Vehículo
isotermo: limita el intercambio de calor entre el interior y el exterior.
• Vehículo
refrigerado: 30°C a -20°C
• Vehículo
frigorífico: 12 ºC y -20 ºC
• Vehículo
calorífico: no inferior a 12°C.
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